DECLARACIÓN DE LA RENTA: DEDUCCIÓN DE LA CUOTA SINDICAL
La cuota sindical se puede deducir de la Declaración de la Renta
Recuerda que puedes deducir o desgravar tu cuota sindical de UGT en la declaración de la Renta
Todos los afiliados y afiliadas a UGT pueden deducir la cuota de afiliación sindical en la declaración anual de la renta, como así lo estipula la ley del IRPF. Esta deducción puede suponer un ahorro en la cuota de entre el 20 y el 35% según los casos.
La cantidad a deducir hay que ponerla en el espacio reservado a "Cuotas satisfechas a sindicatos" [casilla 011] del impreso oficial (digital o en papel) del IRPF.
No es necesario dispones de certificado alguno de las cuotas pagadas. En caso de necesitarlo porque la Agencia Tributaria te lo solicite, contactar con UGT y se te facilitará.
Las cuotas sindicales satisfechas a UGT en 2.015 son:
CUOTA TRABAJADOR ACTIVO (incluye protección asesoría jurídica) 11,85€ al mes. En el caso de que hayas estado todo el año 2015 142,20€.
CUOTA PARADO CON INGRESOS (no incluye protección asesoría jurídica) 8, 35 € mes. Año 100, 20€
OTRAS CUOTAS, consulta con tu sección sindical.
" INFORMACIÓN FACILITADA POR LOS COMPAÑEROS DE UGT DISTRITO COSTA DEL SOL" MUCHAS GRACIAS.
" INFORMACIÓN FACILITADA POR LOS COMPAÑEROS DE UGT DISTRITO COSTA DEL SOL" MUCHAS GRACIAS.

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